Un juez federal volvió a desestimar la demanda interpuesta por Spencer Elden, el hombre que aparece como bebé en la icónica portada del álbum Nevermind (1991) de Nirvana. En su fallo, el magistrado Fernando Olguin determinó que la imagen —que muestra al infante nadando hacia un billete— no reúne los elementos legales necesarios para ser considerada pornografía infantil, y la comparó con “una fotografía familiar de un niño bañándose”.
Elden había presentado la demanda en 2021, alegando que la utilización de su imagen en la portada lo explotó sexualmente y le causó un daño persistente. Entre los demandados figuraban los miembros sobrevivientes de Nirvana, la viuda de Kurt Cobain, el fotógrafo Kirk Weddle y las empresas discográficas vinculadas al lanzamiento del álbum. La causa ha atravesado varias instancias: en 2022 el tribunal de primera instancia desestimó la reclamación por prescripción, pero el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito revocó esa decisión y permitió que el caso procediera, argumentando que las republicaciones podían dar lugar a nuevas lesiones legales.
En la resolución más reciente, Olguin sostuvo que, más allá de la desnudez del bebé en la foto, no existe evidencia de intención lasciva ni de un contexto sexualizado que permita enmarcar la imagen dentro de la ley sobre pornografía infantil. Los abogados de la defensa celebraron el fallo, señalando que el tribunal puso fin a una demanda que consideraron sin fundamento y que liberó a sus clientes de acusaciones que, según ellos, eran infundadas.
La disputa puso de nuevo en el centro del debate la tensión entre la protección de menores, el uso de imágenes en el arte y la interpretación jurídica de material visual con desnudez infantil en contextos no sexualizados. Con este nuevo rechazo, el tribunal reafirma que, en los términos evaluados en este expediente, la portada de Nevermind no constituye pornografía según la normativa aplicada en el caso.
Fuente: Reuters.